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Terreno en RAN o REN en Portugal: ¿puede construir? La Reserva Agrícola y la Reserva Ecológica Nacional explicadas

Qué son la RAN y la REN, cómo comprobar si su parcela está en alguna de ellas, qué obras admite cada régimen, cómo pedir el informe de la entidad regional de la RAN o presentar la comunicación previa a la CCDR, cuándo se puede excluir un área y cómo ayuda un PIP a decidir.

Un terreno en la RAN (Reserva Agrícola Nacional, que protege los mejores suelos agrícolas de Portugal) o en la REN (Reserva Ecológica Nacional, que protege áreas de valor ecológico y de riesgo natural) no es, por regla general, un terreno para construir: la RAN es suelo non aedificandi destinado a la agricultura, y la REN prohíbe las obras de construcción y ampliación, salvo los usos que la ley considera compatibles. Hay excepciones, como la vivienda del agricultor o la ampliación de una casa existente, pero dependen de un informe previo vinculante (parecer prévio) de la entidad regional de la RAN o de una comunicación previa a la CCDR, además del PDM y de la licencia municipal. Esta guía explica cómo comprobar si su parcela está en alguna de las reservas, qué admite cada régimen, cómo funcionan el informe y la comunicación previa, cuándo se puede pedir la exclusión y qué papel tiene el pedido de informação prévia (PIP, la consulta previa vinculante al ayuntamiento).

Para aplicar estas comprobaciones a un inmueble en Oporto o en otro municipio de Portugal, consulte los servicios de pedido de información previa y legalización de obras.

01 RAN y REN: qué son y qué ley se aplica en 2026

La RAN y la REN son restricciones de utilidad pública: limitan lo que se puede hacer en un terreno, sea cual sea su clasificación en la caderneta predial (la ficha fiscal del inmueble) o lo que pretenda el propietario. Ambas deben figurar en la planta de condicionantes (plano de afecciones) del PDM (Plano Diretor Municipal, el plan general del municipio), y un mismo terreno puede estar en las dos, o solo en parte de una de ellas.

La RAN reúne los suelos de mayor aptitud agrícola. La integran las tierras de las clases A1 y A2 o, donde esa clasificación aún no se ha publicado, los suelos de las clases A, B y Ch y las vegas aluviales y coluviales, además de las zonas de regadío público (aproveitamentos hidroagrícolas) fuera del suelo urbano (artículo 8.º del Decreto-Lei n.º 73/2009). El suelo urbano de un plan municipal no forma parte de la RAN (artículo 10.º). El régimen fue modificado por los Decretos-Leis n.os 199/2015, 11/2023 y 36/2023; la versión consolidada del Diário da República no recoge modificaciones posteriores a 2023.

La REN protege áreas de valor ecológico o expuestas a riesgos naturales, en tres grupos: protección del litoral (playas, dunas, acantilados y franjas de protección costera), sostenibilidad del ciclo hidrológico (cursos de agua y márgenes, lagunas, embalses y áreas de recarga de acuíferos) y prevención de riesgos (zonas amenazadas por las crecidas y por el mar, áreas de elevado riesgo de erosión hídrica del suelo y áreas de inestabilidad de laderas), según el artículo 4.º del Decreto-Lei n.º 166/2008. A diferencia de la RAN, la REN puede abarcar suelo urbano. La modificación más reciente, la sexta, es el Decreto-Lei n.º 129/2026, de 29 de junio, en vigor desde el 4 de julio de 2026, que solo cambió el artículo 21.º, sobre acciones de relevante interés público.

RAN y REN, comparadas
TemaRANREN
Qué protegeSuelos de mayor aptitud agrícolaLitoral, ciclo del agua y áreas de riesgo natural, como crecidas, erosión e inestabilidad de laderas
LeyDecreto-Lei n.º 73/2009, en su redacción actualDecreto-Lei n.º 166/2008, en su redacción actual
ReglaSuelo non aedificandi, destinado a la agricultura (artículo 20.º)Prohibidas parcelaciones, obras de urbanización, construcción y ampliación, excavaciones y rellenos, entre otros (artículo 20.º)
Quién decide los usosEntidad regional de la RAN, con apoyo técnico de la CCDRCCDR, con informe vinculante de la APA en los casos previstos
Cómo se solicitaInforme previo vinculante, emitido en 20 díasComunicación previa; si no se rechaza, el uso puede empezar 25 días después de presentarla
Cómo se excluye un áreaEn la elaboración, modificación o revisión de un plan municipal, o por resolución del Consejo de MinistrosModificación de la delimitación propuesta por la Câmara a la CCDR, con un régimen simplificado para casos pequeños

02 Cómo saber si su terreno está en la RAN o en la REN

Empiece por la planta de condicionantes del PDM vigente, en el geoportal de la Câmara Municipal (el ayuntamiento). Las Câmaras deben mantener actualizada, y publicada en su web, la relación de restricciones de utilidad pública aplicables en el municipio, incluidas la RAN y la REN, con una función que genera planos de situación (artículo 119.º del RJUE, el régimen jurídico de la urbanización y la edificación). La guía sobre qué es el PDM y cómo consultarlo explica cómo leer los planos.

Compruébelo después en el geoportal del SNIT (Sistema Nacional de Informação Territorial), de la Direção-Geral do Território (DGT), que permite buscar las servidumbres y restricciones de utilidad pública (SRUP) de cada lugar. La DGT deposita las cartas de la REN y sus correcciones y las publica en el SNIT (artículo 13.º del régimen de la REN); la cartografía aprobada de la RAN se publica en el SNIT y en la web de la DGADR, la Direção-Geral de Agricultura e Desenvolvimento Rural (artículo 16.º del régimen de la RAN).

Si aún tiene dudas, pida un extracto oficial a la Câmara o consulte a la CCDR (Comissão de Coordenação e Desenvolvimento Regional, el organismo regional de ordenación del territorio) de su región. En Lisboa y Valle del Tajo, por ejemplo, la CCDR emite un informe sobre la situación de una finca respecto a la RAN, a partir de un plano catastral y un extracto de la carta militar, previo pago de una tasa y en un plazo indicado de 30 días hábiles. Al leer los planos, tenga en cuenta estos puntos:

  • Compruebe la versión. La REN de un municipio puede haberse modificado o corregido después del PDM; esas modificaciones se publican en la 2.ª serie del Diário da República (artículo 12.º del régimen de la REN).
  • Las delimitaciones antiguas siguen vigentes. Donde la REN aún no se ha adaptado a las orientaciones estratégicas nacionales y regionales, rige la delimitación hecha al amparo del Decreto-Lei n.º 93/90; en la RAN, se mantienen las delimitaciones del Decreto-Lei n.º 196/89 hasta su revisión.
  • La escala no llega al metro. Las cartas de la REN se elaboran a escala 1:25 000 o más detallada (artículo 9.º del régimen de la REN). Cuando el límite cruza la parcela, confirme por dónde pasa antes de diseñar la implantación.
  • Lea el plano entero. El terreno puede estar a la vez en la RAN y en la REN, y además en el dominio público hidráulico o en un área protegida, y cada restricción tiene su organismo. La guía cómo saber si puedo construir en mi terreno muestra el orden de las comprobaciones.

03 Qué admite la RAN: vivienda del agricultor, ampliaciones y otros usos

En la RAN están prohibidas las acciones que reduzcan o destruyan la aptitud agrícola del suelo, incluidas las parcelaciones y las obras de urbanización, construcción o ampliación, salvo los usos del artículo 22.º (artículo 21.º). Esos usos solo se admiten si, de forma acumulativa, no causan graves perjuicios a los objetivos de la RAN y no existe alternativa viable fuera de ella, y deben situarse preferentemente en los suelos de menor aptitud. Los límites y condiciones de cada uno figuran en la Portaria n.º 162/2011.

Si quiere vivir en el terreno, hay tres reglas que debe conocer. Solo se admite una vivienda al amparo de las letras b) y c) por explotación (artículo 22.º, n.º 2), el agricultor o el propietario debe trasladar allí su domicilio fiscal (n.º 4), y las fincas quedan inalienables durante 10 años después de la obra, con algunas excepciones; la carga se inscribe en el registro de la propiedad y la Câmara la anota en el título de utilización (artículo 29.º).

Entre los usos no agrícolas que la ley admite están:

  • Obras con finalidad agrícola integradas en la gestión de la explotación, como edificios de apoyo, almacenamiento o comercialización, obras hidráulicas y accesos (letra a)).
  • Vivienda del agricultor: construcción o ampliación de vivienda para residencia propia y permanente de un agricultor en una explotación agrícola (letra b)).
  • Vivienda propia por insuficiencia económica: para propietarios sin otra vivienda y en situación de insuficiencia económica acreditada, dentro de los límites de superficie y tipología de la habitação a custos controlados, la vivienda de coste controlado (letra c)).
  • Casa existente: reconstrucción y ampliación de construcciones que ya eran y siguen siendo vivienda propia (letra n)).
  • Turismo y ocio complementarios a la agricultura: turismo en el espacio rural, turismo de habitação y turismo de naturaleza, e instalaciones de recreo y ocio (letras g) y h)).
  • Otros usos: energías renovables, infraestructuras públicas, obras de protección civil y captaciones de agua, entre otros (letras d), l), m) y o)).

04 El informe previo de la entidad regional de la RAN

Cualquier uso no agrícola en la RAN que necesite licencia, autorización, aprobación, concesión o comunicación previa depende de un informe previo vinculante de la entidad regional de la RAN (artículo 23.º). Hay una por región: es un órgano colegiado presidido por un representante del área de agricultura, con un representante de la CCDR y otro de la Associação Nacional de Municípios Portugueses (artículo 33.º). Los servicios regionales de agricultura (DRAP), que le daban apoyo técnico, están integrados en las CCDR, I.P. desde 2023; en el Norte, la entidad regional tiene su sede en Braga.

La solicitud es un escrito dirigido al presidente de la entidad regional, con los documentos que exige la Portaria n.º 162/2011 y el pago de una tasa. En el Norte y en Lisboa y Valle del Tajo, la tasa es de 97,23 € hasta 500 m² de suelo de la RAN afectado, más 0,05 € por metro cuadrado por encima de esa cifra. Algunos documentos proceden de otros organismos y conviene pedirlos antes, como la declaración de la condición de agricultor y de la existencia de la explotación, la declaración de insuficiencia económica de la Seguridad Social o la prueba de la legalidad de las construcciones existentes. Los plazos y las consecuencias son estos:

  • 10 días: la entidad puede pedir documentación adicional una sola vez, y el plazo del informe queda suspendido hasta recibirla (n.º 3).
  • 20 días: plazo para emitir el informe; si no se emite a tiempo, se considera favorable (n.os 1 y 5).
  • 1 año: plazo para presentar la solicitud de licencia o la comunicación previa a la que se refiere el informe; pasado ese plazo, el informe caduca (n.º 6).
  • Recurso: contra un informe desfavorable cabe recurso ante la entidad nacional de la RAN, que resuelve en 20 días, sin perjuicio de la impugnación judicial (n.º 10).
  • Sin informe: usar suelo de la RAN sin informe favorable es una infracción sancionada con multa de 1000 € a 3500 € para personas físicas y de 1000 € a 35 000 € para personas jurídicas, y puede ordenarse la reposición de la situación anterior (artículos 39.º y 44.º). Los actos administrativos que vulneren el régimen son nulos (artículo 38.º).

05 Qué admite la REN: vivienda, ampliaciones y apoyos agrícolas

En la REN están prohibidas, entre otras, las parcelaciones, las obras de urbanización, construcción y ampliación, las vías de comunicación, las excavaciones y rellenos y la destrucción de la cubierta vegetal (artículo 20.º, n.º 1). Las excepciones son los usos y acciones que no comprometan las funciones del área y figuren en el anexo II del decreto-ley, exentos de procedimiento o sujetos a comunicación previa; las condiciones de cada uno están en la Portaria n.º 419/2012 (artículo 20.º, n.os 2, 3 y 6).

El anexo II es una tabla que cruza cada uso con cada tipología de la REN, y la respuesta cambia de una casilla a otra. Si quiere construir o ampliar una casa, las filas que importan son las de la tabla siguiente; en las tipologías que no aparecen, el uso está prohibido. Incluso donde se admite, el PDM debe permitir la obra, y la comunicación a la CCDR no sustituye a la licencia municipal.

Viviendas y apoyos agrícolas en la REN (anexo II del Decreto-Lei n.º 166/2008 y Portaria n.º 419/2012)
UsoTipologías de la REN donde se admite, con comunicación previaCondiciones de la Portaria n.º 419/2012
Apoyos agrícolas destinados exclusivamente a la explotaciónÁreas de recarga de acuíferos, áreas de elevado riesgo de erosión hídrica del suelo, zonas adyacentes y zonas amenazadas por las crecidas y por el marSuperficie total de implantación hasta 1000 m² y superficie impermeabilizada hasta el 2 % de la explotación
Vivienda vinculada a una explotación agrícola, turística, industrial, agroindustrial o ganadera, con implantación de más de 35 m² y menos de 300 m²Solo en áreas estratégicas de infiltración y de protección y recarga de acuíferos y en áreas de elevado riesgo de erosión hídrica del sueloImplantación hasta el 2 % de la superficie total de la finca, con un máximo de 250 m²
Ampliación de edificaciones existentes destinadas a viviendaFranjas de protección de las aguas de transición, franja terrestre de protección costera, franjas de protección contiguas al margen de lagunas y embalses, áreas de recarga de acuíferos, áreas de elevado riesgo de erosión hídrica del suelo y zonas adyacentesEdificio con licencia, o confirmación de la Câmara de que no la necesitaba; ampliación de hasta el 50 % de la implantación existente y total de hasta 250 m²
  • Dónde no se admite vivienda: en cauces y márgenes de cursos de agua, zonas amenazadas por las crecidas y por el mar, áreas de inestabilidad de laderas, playas, dunas y acantilados, entre otras, el anexo II no admite vivienda nueva ni ampliación de vivienda.
  • Zonas inundables: en las zonas adyacentes y en las zonas amenazadas por las crecidas y por el mar, cualquier pretensión solo se admite si está garantizada la libre circulación de las aguas (artículo 3.º de la Portaria n.º 419/2012).
  • Relevante interés público: una acción que no pueda realizarse adecuadamente fuera de la REN puede ser reconocida de relevante interés público por resolución del Gobierno, que desde julio de 2026 puede delegar esa decisión en el consejo directivo de la CCDR (artículo 21.º).
  • Municipios sin REN delimitada: en las áreas del anexo III aún no delimitadas, los usos prohibidos requieren autorización de la CCDR, que se entiende concedida si no hay resolución en 40 días (artículo 42.º).

06 La comunicación previa a la CCDR en la REN, paso a paso

La comunicação prévia (comunicación previa) se presenta por escrito ante la CCDR de la región, con los documentos del anexo III de la Portaria n.º 419/2012. Puede presentarla el interesado o el organismo que vaya a aprobar o autorizar la acción (artículo 22.º, n.os 1 y 2). Su examen está sujeto a una tasa fijada por la Portaria n.º 360/2015, que se actualiza cada año y debe pagarse en los 15 días siguientes a la emisión de la liquidación por la CCDR.

La construcción y la ampliación en áreas de la REN o de la RAN necesitan, por regla general, licencia municipal (artículo 4.º, n.º 2, letra h), del RJUE). Cuando la comunicación se tramita dentro del procedimiento de la Câmara, conforme al artículo 13.º-A del RJUE, se aplican los plazos del RJUE (artículo 22.º, n.º 8, del régimen de la REN), y la comunicación a la CCDR nunca exime de cumplir el PDM (n.º 9). Cuando se presenta directamente a la CCDR, los plazos son estos:

  • 5 días: la CCDR revisa las cuestiones formales y pide correcciones, documentos que falten y el justificante de la tasa (n.º 3).
  • 15 días: plazo para subsanar, con el procedimiento suspendido; si no lo hace, la comunicación se rechaza de plano (n.º 4).
  • 15 días para la APA: en los usos que la Portaria n.º 419/2012 somete a informe de la Agência Portuguesa do Ambiente (APA, la agencia de medio ambiente), este es obligatorio y vinculante (n.º 5).
  • 20 días: la CCDR rechaza la comunicación si el uso no es compatible, no cumple las condiciones de la portaria o tiene informe desfavorable de la APA (n.º 6).
  • 25 días: si no hay rechazo, el uso o la obra puede comenzar 25 días después de presentada la comunicación (n.º 7).
  • RAN y otros organismos: si el área también está en la RAN, en el dominio público hidráulico o en un área protegida, la CCDR convoca una conferencia procedimental y envía al interesado una comunicación única; cuando solo intervienen la REN y la RAN, la conferencia coincide con la reunión de la entidad regional de la RAN (artículo 24.º).
  • Sin comunicación: realizar sin comunicación un uso que la exigía es una infracción ambiental leve, y realizar un uso prohibido es una infracción ambiental muy grave. La CCDR, la APA y la Câmara pueden paralizar y demoler la obra a costa del propietario (artículos 37.º y 39.º).

07 Pedir la exclusión de un terreno de la RAN o de la REN

No existe una solicitud de exclusión que el propietario pueda presentar y obtener por derecho propio. Sacar un área de la RAN o de la REN es modificar su delimitación, y quien lo propone es la Câmara Municipal, con el pronunciamiento de la CCDR, que en la RAN integra hoy los antiguos servicios regionales de agricultura. Al preparar la propuesta, la ley obliga a ponderar la exclusión de áreas con edificaciones con licencia o autorización legal y de las necesarias para vivienda, actividades económicas, equipamientos e infraestructuras (artículo 9.º, n.º 2, del régimen de la REN y artículo 12.º, n.º 3, del régimen de la RAN).

En la RAN, la delimitación solo cambia en la elaboración, modificación o revisión de un plan municipal o intermunicipal (artículos 13.º y 14.º) o, en casos excepcionales de relevante interés general, por resolución del Consejo de Ministros (artículo 17.º). En la REN, la modificación puede acompañar a un procedimiento de plan o tramitarse por separado, debe fundamentarse en la evolución de las condiciones económicas, sociales, culturales y ambientales, por ejemplo en un proyecto concreto, y la aprueba la CCDR (artículos 15.º y 16.º). La reclasificación para vivienda del artículo 72.º-B del RJIGT tampoco sirve aquí, porque excluye las tipologías de la REN y los suelos de la RAN de las clases A1, A y B; consulte ¿un terreno rústico puede pasar a urbano?.

Si el problema es un error evidente de la carta, el camino es más corto: en la REN, las correcciones materiales pueden hacerse en cualquier momento, por resolución del presidente de la CCDR, a iniciativa de la CCDR, de la Câmara o del organismo que elaboró la REN (artículo 19.º); en la RAN, los errores materiales patentes y manifiestos se comunican al municipio, que los corrige en 90 días (artículo 16.º, n.º 4). Fuera de esos casos, puede pedir a la Câmara que tenga en cuenta su parcela en una modificación o revisión del PDM y presentar sugerencias en el periodo de participación, de al menos 15 días, y en la información pública, de al menos 30 días en el PDM (artículos 88.º y 89.º del RJIGT, el régimen de los instrumentos de planeamiento). Las áreas excluidas vuelven a la reserva si no se destinan al fin alegado: a los 5 años, cuando la exclusión sirvió a un proyecto, o en el plazo de ejecución del plan, cuando se hizo en el plan, si la obra no ha empezado (artículo 18.º de ambos regímenes).

La REN prevé además una modificación simplificada para casos pequeños, propuesta por la Câmara a la CCDR, con informe vinculante de la APA en 25 días, que no se exige en las áreas de inestabilidad de laderas, y resolución de la CCDR en 40 días (artículo 16.º-A). Se aplica a proyectos concretos que encajen en uno de estos límites:

  • Ampliación de hasta el 100 % de instalaciones existentes, con licencia y cuya actividad autorizada no se haya interrumpido en los últimos 12 meses.
  • Hasta el 5 % de la superficie total de la finca, con un máximo de 500 m², en fincas de hasta 2 ha.
  • Hasta el 2,5 % de la superficie total de la finca, en fincas de más de 2 ha y hasta 40 ha.
  • Hasta el 2,5 % de la superficie total de la finca, con un máximo de 2,5 ha, en fincas de 40 ha o más.

08 Qué papel tiene el PIP

El pedido de informação prévia (PIP) es la forma de saber, antes de comprar o de pagar un proyecto, si la Câmara y los organismos de la RAN y de la REN aceptan la operación en ese lugar. En el PIP hay consultas externas siempre que la respuesta dependa del informe de otro organismo (artículo 15.º del RJUE). Las que se deben a la ubicación, como la RAN y la REN, pasan por la CCDR: el gestor del procedimiento comunica la solicitud a la CCDR antes de que termine la fase de revisión inicial, y la CCDR adopta una decisión final global y vinculante para toda la administración (artículo 13.º-A, n.os 1 y 6).

Cada organismo tiene 20 días para pronunciarse, y el plazo de resolución del PIP se cuenta desde el último informe o desde el fin del plazo para emitirlo (artículos 13.º, n.º 5, y 16.º, n.º 2). Una respuesta favorable vincula a los organismos competentes durante 2 años, y la licencia posterior no requiere nuevas consultas externas (artículos 13.º, n.º 2, y 17.º). El calendario completo está en la guía sobre el plazo del PIP en la Câmara.

También puede pedir el informe de la RAN directamente y adjuntarlo al PIP; en ese caso no hay nueva consulta, siempre que el informe tenga menos de dos años o no hayan cambiado sus presupuestos (artículo 13.º-A, n.º 16, del RJUE). Según el régimen de la RAN, sin embargo, el informe caduca si la solicitud de licencia o la comunicación previa no se presentan en 1 año, y conviene planificar el calendario teniéndolo en cuenta. Un PIP tiene sentido sobre todo en estas situaciones:

  • Antes de comprar un terreno con parte en la RAN o en la REN, para confirmar que existe la superficie edificable anunciada.
  • En una vivienda de agricultor o en una ampliación, en las que el PDM, la RAN y la REN deben admitir la obra a la vez.
  • Cuando el límite de la reserva cruza la parcela y la implantación del edificio depende de por dónde pase la línea.
  • Para fijar la implantación, las superficies y el volumen en un PIP completo (n.º 2 del artículo 14.º): si contiene todos los elementos aplicables, la obra queda exenta de licencia y no requiere nuevas consultas (artículo 17.º, n.º 2).

09 Antes de comprar un terreno en la RAN o en la REN

Comprar un terreno en la RAN o en la REN para agricultura, monte u ocio no es lo mismo que comprarlo para construir: el precio no debe dar por hecha una construcción que ningún documento confirma. El análisis urbanístico del terreno cruza la RAN y la REN con el PDM, el dominio público hidráulico y las demás afecciones. Si ya hay obras hechas sin informe o sin comunicación, la legalización de obras solo es posible si la obra cumple las normas vigentes, incluidas las de la RAN y la REN.

La RAN tiene además reglas propias sobre la propiedad: los propietarios de fincas rústicas o mixtas colindantes en la RAN tienen derecho de tanteo y retracto en la venta (artículo 26.º), y la unidad mínima de cultivo a efectos de división es el triple de la fijada por la ley general (artículo 27.º). Antes de firmar el contrato de promesa de compraventa, compruebe:

  • Extractos de la planta de ordenamento (plano de calificación) y de la planta de condicionantes, con la superficie exacta en la RAN y en la REN y la tipología de la REN afectada.
  • Si hay modificaciones, correcciones o exclusiones publicadas en el Diário da República después de la versión del PDM que ha consultado.
  • Si las construcciones existentes tienen licencia o no la necesitaban, porque de ello depende poder ampliarlas.
  • Si el vendedor tiene informes de la RAN, comunicaciones previas a la CCDR o un PIP, y si siguen dentro de plazo.
  • Si hay una carga de inalienabilidad inscrita por una vivienda construida al amparo del régimen de la RAN.
  • Si el contrato de promesa debe quedar condicionado a un PIP favorable; la guía PIP antes de comprar un terreno explica cómo hacerlo.

10 Preguntas frecuentes

¿Puedo construir una casa en un terreno de la RAN?

Solo en los casos previstos por la ley: vivienda propia y permanente de un agricultor en una explotación agrícola, vivienda propia de un propietario en situación de insuficiencia económica acreditada y sin otra casa, o reconstrucción y ampliación de una vivienda existente. En todos ellos se necesita informe previo vinculante de la entidad regional de la RAN, que no exista alternativa fuera de la RAN y que el PDM admita la obra.

¿Puedo construir en un terreno de la REN?

Por regla general, no: la construcción y la ampliación están prohibidas. El anexo II admite, con comunicación previa a la CCDR, vivienda vinculada a una explotación solo en áreas de recarga de acuíferos y de elevado riesgo de erosión hídrica, y la ampliación de casas existentes en algunas tipologías, hasta 250 m² de implantación total. En cauces y márgenes de cursos de agua, zonas inundables o áreas de inestabilidad de laderas, no se admite.

¿Cómo sé si mi terreno está en la RAN o en la REN?

Consulte la planta de condicionantes del PDM vigente en el geoportal de la Câmara y compruébelo en el geoportal del SNIT, de la DGT, donde se publican las cartas de la REN y la cartografía de la RAN. Si el límite cruza la parcela o tiene dudas, pida un extracto oficial a la Câmara o una aclaración a la CCDR de la región.

¿Cuánto tarda y cuánto cuesta el informe de la RAN?

La entidad regional tiene 20 días para emitirlo, y en el Norte ese plazo cuenta desde que se valida el expediente y se paga la tasa; si no responde, el informe se considera favorable. En el Norte y en Lisboa y Valle del Tajo, la tasa es de 97,23 € hasta 500 m², más 0,05 € por m² por encima de esa cifra. El informe caduca si no presenta la solicitud de licencia o la comunicación previa en 1 año.

¿Puedo pedir que saquen mi terreno de la RAN o de la REN?

No directamente. La exclusión es una modificación de la delimitación que propone la Câmara Municipal, normalmente en una modificación o revisión del PDM, y que se decide con la CCDR y los demás organismos implicados. Puede pedir a la Câmara que tenga en cuenta su caso y participar en la información pública; un error evidente de la carta se corrige por un procedimiento más corto.

¿Un PIP sustituye al informe de la RAN o a la comunicación previa de la REN?

No los elimina, pero los reúne. En el PIP, la Câmara consulta a esos organismos a través de la CCDR, sus informes forman parte de la decisión y la respuesta favorable los vincula durante 2 años. Así obtiene la posición de la Câmara, de la RAN y de la REN en un único procedimiento, antes de comprar o de pagar un proyecto completo.

11 Fuentes oficiales consultadas

Las fuentes oficiales están en portugués. Consulte la versión vigente antes de preparar una comunicación, un proyecto o una solicitud.

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